Todos conocemos a las empresas encargadas de cobrar deudas. Suelen trabajar con las empresas telefónicas y vaya que son insistentes al momento de cobrar las facturas vencidas.
Su estrategia más utilizada es la de llamar insistentemente al deudor, ya sea durante el día o durante la noche, en una especie de acoso pasivo.
Ahora bien, ¿qué pasa si una de estas empresas o algún otro ente empiezan a cobrarte cosas que no debes?
Es importante, en primer lugar, que mantengas la calma, sin importar qué tan insistente suenen, porque en este caso, todas las condiciones están a tu favor.
¿Qué hacer si me cobran una deuda que no tengo?
El hecho de que en España no exista un marco legal para gestionar las deudas sin pagar ha dado paso a la proliferación de todas estas compañías con bastantes pocos códigos éticos.
Entre sus prácticas habituales está el lanzar amenazas como:
- Te llevaremos ante tribunales.
- Irás a la cárcel.
- Le contaremos a todos que eres un moroso.
- Vamos a embargar tu nómina.
- Te meteremos en un fichero de morosos.
- Tendrás que pagar muchos intereses.
Si estás recibiendo este tipo de mensajes por parte de una compañía de recobro y no tienes ninguna deuda, lo primero que tienes que hace es comunicárselo de forma tajante y oficial a esta empresa. Para hacerlo, lo más recomendable es enviar un burofax.
También es importante que te comuniques con la empresa con la que supuestamente tienes una deuda, y debes exigirles que te envíen documentación que acrediten tu deuda.
Si en el plazo de un mes no has obtenido una respuesta satisfactoria, o ninguna respuesta en absoluto, entonces tienes las opciones de acudir a tribunales o presentar una solicitud de arbitraje.
Y si además de todo esto has sido incluido en un fichero de morosos, tendrás que dirigirte a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para solicitar que seas excluido de ese fichero.
¿Qué hacer si me cobran una deuda que sí tengo pero con recargos improcedentes?
El que te cobren una deuda que no tienes no es lo único que puede pasar.
También es común que estas empresas, al momento de comunicarse con los deudores, incluyan cantidades o conceptos indebidos, que no aparecen incluidos en el contrato firmado con la empresa original.
Si esto te sucede, dirígete hasta la empresa con la que tienes la deuda e intenta llegar a una solución amistosa.
Pero, si luego de un mes no has obtenido una respuesta satisfactoria, vas a tener que solicitar un arbitraje de consumo o acudir ante los tribunales de justicia.
Durante todo el tiempo que tu caso esté bajo análisis y que no se haya emitido una resolución, tu deuda no será considerada como deuda no cierta y, por tanto, no tienen derecho a incluirte en un fichero de morosos.
Ahora bien, en caso de que la resolución haya fallado en tu contra y la cantidad que te están cobrando sí es justa, lo recomendable es que canceles la deuda lo antes posible. Y si estás atravesando por dificultades económicas que te impidan ponerte al día, trata de llegar a un acuerdo con la empresa de recobro.